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En camión jaula el gobierno de Misiones desaloja a la comunidad Mbya Guaraní
diumenge 2 d’agost de 2026, per
La complicidad del gobierno de Misiones con la empresa Arauco habilitó el desalojo de toda una comunidad que vivía del suelo y sus trabajos. El 28 de julio de 2026 quedará marcado como un episodio de violencia institucional sin precedentes contra el pueblo Mbya Guaraní, en Misiones. A las 6 de la mañana, un operativo integrado por efectivos de la Policía de Misiones, Gendarmería Nacional, funcionarios judiciales y maquinaria pesada ingresó a la Tekoá Puente Quemado II para ejecutar la orden de desalojo dictada por el juez Roberto Antonio Sena, titular del Juzgado de Instrucción N.º 2 de Jardín América. Por Clarisa Néztor de Rebelión o Extinción Misiones (ANRed).
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Un operativo al servicio del poder forestal
Entraron al territorio a desalojar a siete familias donde se destruyeron sus viviendas, se arrasaron cultivos de mandioca, maíz y otros alimentos que garantizaban la subsistencia de la comunidad, y se los expulsó de una manera humillante, racista y discriminatoria ya que las pertenencias de las familias fueron retiradas en un camión jaula que está a nombre del empresario forestal Alfredo Ruff. Colchones, ropa, utensilios, herramientas y los pocos bienes que la comunidad logró rescatar fueron cargados en un vehículo de estructura metálica con forma de jaula. La escena resultó profundamente denigrante para las familias y dejó al descubierto un modo de intervención estatal que la comunidad vivió como una expresión de racismo y deshumanización.
A ello se suman otras irregularidades observadas durante el procedimiento. Parte del operativo se realizó con una Volkswagen Amarok sin identificación oficial, radicada en la provincia de Córdoba, y el camión anteriormente mencionado, perteneciente a Ruff no estaba apto para circular ya que tiene la Verificación Técnica Vehicular vencida desde hace tres años y registra deudas de patente en la provincia. Todo el operativo destinado a imponer por la fuerza un modelo de provincia donde los negocios forestales pesan más que los derechos de los pueblos indígenas.
La comunidad también denunció un hecho de extrema gravedad. Mientras se ejecutaba el desalojo, algunos de sus integrantes afirman que efectivos policiales les ofrecieron dinero para abandonar el territorio. Las familias rechazaron la coima o extorsión -no sabemos periodísticamente cómo referir dicho ílicto- y sostienen que su territorio no está en venta. Hay clara complicidad entre el empresario y la policía para ejecutar el desalojo.
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Cuando el derecho indígena deja de aplicarse
El ordenamiento jurídico argentino reconoce un régimen específico para los pueblos indígenas. El artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional reconoce su preexistencia étnica y cultural y garantiza la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan. A ello se suma el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y una consolidada jurisprudencia interamericana que establece estándares reforzados de protección territorial.
Ese marco jurídico parte de un principio básico: el territorio indígena no puede analizarse únicamente desde la lógica catastral de la propiedad privada. Para las comunidades Mbya, el territorio constituye la base de su organización social, de su identidad cultural, de su espiritualidad y de su supervivencia como pueblo. Desplazar a una comunidad indígena no implica simplemente restituir una parcela; supone afectar un conjunto de derechos colectivos especialmente protegidos por el derecho constitucional e internacional.
En el caso de Puente Quemado II existía además un antecedente fundamental. El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) había reconocido mediante la Resolución 514/2015 la ocupación actual, tradicional y pública de la comunidad sobre las parcelas en conflicto, en el marco del relevamiento previsto por la Ley 26.160. Ese reconocimiento constituye un antecedente jurídico que debía ser considerado al momento de adoptar cualquier decisión que afectara la permanencia de la comunidad en su territorio.
Lo ocurrido obliga a una pregunta que excede este caso y alcanza al conjunto del sistema institucional: ¿de qué sirve que la Constitución y los tratados internacionales reconozcan derechos territoriales indígenas si esos derechos son desplazados cuando entran en conflicto con intereses económicos de gran escala?
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Un Estado cómplice del extractivismo forestal
La comunidad quedó atravesando una emergencia humanitaria marcada por la falta de alimentos, el acceso limitado a medicamentos y la ausencia de condiciones mínimas para reconstruir su vida cotidiana. En un video difundido días después del operativo, el mburuvicha Santiago Ramos pidió ayuda urgente para conseguir medicamentos para los niños enfermos y alimentos para las familias, una realidad que expone con crudeza el nivel de vulnerabilidad en el que quedó la comunidad tras el desalojo, todo esto difundido a través de las redes sociales de XR Misiones.
En ese contexto comenzaron a aparecer distintos organismos del Estado provincial. Sin embargo, su intervención no estuvo orientada a revisar las graves denuncias realizadas por la comunidad sobre el procedimiento judicial, el despliegue policial o las condiciones en que se ejecutó el operativo. Tampoco hubo un pronunciamiento público que cuestionara el trato humillante recibido por las familias con los vehículos, la destrucción de sus viviendas ni la pérdida de los cultivos que aseguraban su alimentación.
En este escenario aparece el Ministerio de Derechos Humanos de Misiones, encabezado por Karina Alejandra Aguirre, y de la Dirección Provincial de Asuntos Guaraníes a cargo de Francisco Dominguez. Ambos organismos participaron de una actividad presentada como una instancia de diálogo y consulta, pese a que el pueblo Mbya ya había sido expulsado de su territorio. Esa situación plantea una contradicción difícil de ignorar en donde la consulta previa, libre e informada constituye un derecho destinado precisamente a evitar que las decisiones que afectan a los pueblos indígenas sean impuestas de manera unilateral. Cuando la consulta ocurre después del desalojo, con el territorio ya perdido, deja de cumplir la finalidad para la cual fue reconocida por el Convenio 169 de la OIT.
A esa contradicción se sumó otro de gravedad que fue la presencia de Arauco en esa reunión institucional. Es decir, los organismos estatales ingresaron al territorio con la compañía de la multinacional. Una empresa que concentra aproximadamente 240.000 hectáreas en Misiones, cerca del 10 % del territorio provincial, y en municipios como Puerto Libertad controla alrededor del 80 % de las tierras rurales y donde se apropió de 333 hectáreas del territorio de Puente Quemado II, que invadió con monocultivos de pinos, motivo por el cual la comunidad los demanda judicialmente, con una lucha que lleva años para la recuperación de su territorio.
Para el Pueblo Mbya y organizaciones socioambientales, Arauco representa uno de los principales actores del modelo forestal basado en la concentración de la tierra y la expansión del monocultivo de pino. Su participación en una actividad oficial inmediatamente después del desalojo se interpreta como un intento de mostrar una imagen de diálogo institucional sin que el conflicto territorial hubiera sido resuelto ni se hubiera garantizado la restitución de los derechos vulnerados, con un gobierno provincial que ampara a la empresa y le lava la cara frente a todo el ecocidio y atropello de derechos indígenas que viene cometiendo hace mas de 30 años.
La preocupación aumenta cuando el acceso al agua potable comienza a quedar vinculado a la propia empresa. La comunidad continúa sin contar con un servicio que debería ser garantizado por el Estado provincial. Sin embargo, una de las alternativas planteadas durante el encuentro del día 31 de julio fue que Arauco ejecutara la obra del pozo de agua. Más allá de la necesidad urgente de acceder a agua segura, la situación abre un debate de fondo: cuando una empresa privada y no el Estado es la que aparece ofreciendo soluciones básicas en un territorio donde existen conflictos históricos por concentración de tierras, el gobierno permite que Arauco se perpetúe en el poder que tiene dentro del territorio Mbya, fortaleciendo su legitimidad social y territorial, mientras el Estado se desentiende de obligaciones que le son propias.
Resulta inevitable preguntarse qué mensaje reciben las comunidades cuando los organismos públicos llegan al territorio con sus camionetas 4×4 lujosas a la comunidad, a sabiendas de la pobreza y el hambre que pasa la comunidad. Y además llegan tarde, una vez consumado el desalojo. Y organizan reuniones, toman fotografías institucionales, las suben a sus redes sociales afirmando que están trabajando. Y todo para seguir manteniendo el status quo de Arauco en el territorio, sin siquiera una bolsa de arroz para los chicos. Se retiran sin haber garantizado previamente alimentos, medicamentos o condiciones mínimas para enfrentar la emergencia.
La comunidad venía denunciando desde hacía meses el hostigamiento policial, el avance del proceso judicial, la falta de acceso al agua potable y las graves dificultades para acceder al sistema de salud. Pese a ello, el apoyo inmediato no provino del Estado, sino de una extensa red de solidaridad integrada por otras comunidades Mbya, organizaciones sociales, colectivos socioambientales y cientos de personas que se sumaron a apoyar la campaña en defensa del territorio Mbya.
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Solo el Pueblo salva al Pueblo
Desde el colectivo sociomabiental XR Misiones impulsaron una campaña para recaudar fondos para la comunidad, donde las donaciones llegan directamente a la cuenta del cacique.
Mientras organismos que cuentan con presupuesto público, estructuras institucionales y vehículos lujosos recorrieron la comunidad sin aportar una respuesta concreta a las necesidades más urgentes, fue la sociedad organizada la que sostuvo la asistencia cotidiana. Las primeras bolsas de alimentos, los medicamentos para los niños, y los materiales para reconstruir parte de lo perdido no llegaron desde las oficinas del Estado, sino desde la solidaridad de quienes comprendieron que detrás de una comunidad que sufre un desalojo violento, que sufre las consecuencias directas del extractivismo forestal se puede tejer una red de apoyo a quienes resisten y defienden con su vida el monte nativo.
Por eso, el caso de Puente Quemado II trasciende ampliamente las cuestiones judiciales y obliga a preguntarse qué papel están desempeñando los organismos públicos cuando los derechos territoriales indígenas entran en tensión con el modelo forestal dominante. También interpela la forma en que el Estado responde frente a comunidades que reclaman tierra, agua, salud y alimentación, mientras las empresas forestales continúan consolidando su presencia sobre extensiones cada vez mayores del territorio misionero.
La reconstrucción de Puente Quemado II demuestra que, una vez consumado el desalojo, la verdadera contención no proviene de las instituciones estatales, sino de una sociedad que decide no abandonar a una comunidad que está en plena lucha por recuperar su territorio.
El Ministerio Público Fiscal pone en discusión todo el procedimiento ya efectuado
Una nueva intervención del Ministerio Público Fiscal volvió a poner en discusión todo el procedimiento. La Fiscalía entendió que existían fundamentos para revisar la medida y respaldó el planteo realizado por la comunidad Mbya Guaraní, abriendo una nueva instancia que vuelve a colocar en el centro del debate los derechos territoriales indígenas y las irregularidades que atravesaron todo el proceso. El recurso impulsado por los abogados de Emipa fue aceptado por el fiscal de Instrucción, Correccional y de Menores Nº 1 de Puerto Rico, Héctor Daniel Simón y el fiscal también dispuso que, si el juez no lo aceptaba, la medida debía resolverse en la Cámara de Apelaciones.
Esta decisión no devuelve automáticamente el territorio ni repara el daño provocado. Sin embargo, la intervención de la Fiscalía marca un punto de inflexión. Confirma que el procedimiento fue irregular, y también devuelve una esperanza a la comunidad que nunca dejó de sostener la defensa de su territorio.
Puente Quemado II continúa resistiendo.
Alias para donar: santiago.397.edad.mp Titular: Santiago Ramos
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